Maraña de mujer / Sin pruebas objetivas para enjuiciar a Manuel Velasco Coello: Emilio Salazar

Idalia Díaz

 

A propósito de que el presidente de la Comisión de Hacienda de la LXVII Legislatura del Congreso del Estado, Emilio Salazar Farías, presume en las redes sociales que ya no se puede hacer juicio político al ex gobernador, Manuel Velasco Coello, porque actualmente ya no está en el cargo y tan poco existen pruebas objetivas, merece hacer un breve recuento histórico para plantear la exigencia al Poder Legislativo de participar activamente a combatir la corrupción, a través de la aplicación de las leyes y en la  atención de las denuncias de juicio político en contra de servidores públicos corruptos.

Según los antecedentes históricos la función equilibradora del juicio político está en sus orígenes. El primer antecedente que se tiene remota a mediados del siglo XVII, cuando la Cámara de los Comunes del Parlamento inglés destituyó al rey Carlos I, enjuiciándolo y condenándolo a muerte bajo los cargos de tirano, asesino y traidor de la patria.

En uno de sus artículos, Edgar Danés Rojas, autor de varios libros en materia de jurídica y doctor en derecho, de la UNAM, señala que “en el derecho de esa época enjuiciar a un monarca era impensable pues prevalecía el principio de que la monarquía no debía rendir cuentas ni tan poco era responsable ante ninguna institución política o judicial. Esa irresponsabilidad del monarca obedecía a la doctrina del derecho divino que sentencia que por mandato de Dios el rey es infalible. Mediante este argumento medieval, la respuesta del Parlamento fue contundente: nadie está por encima de la ley”.

Según el autor, este mecanismo de control fue plasmado en la Constitución estadounidense de 1787, y desde ese entonces se trasmitió a las posteriores Constituciones de los países americanos, entre ellos el nuestro.

Sin embargo, remontándonos más a la historia de México, desde la época de la colonia existieron mecanismo para exigir responsabilidad a los empleados públicos y su estructura también estaba basada bajo ese mismo principio “nadie está por encima de la ley”. Dice Danés Rojas que “desde los primeros días de la Nueva España, existió el juicio de residencia, que era un procedimiento judicial que revisaba la conducta de los empleados del gobierno a la terminación de sus cargos. Estaban sujetos a este juicio los altos funcionarios de la Corona, incluidos los virreyes y gobernadores, y su sanción era la multa, el destierro y la inhabilitación temporal o perpetua”.

El juicio de residencia estuvo  vigente en las primeras constituciones de México y a lo largo de la historia el nombre ha cambiado, pero la raíz sigue siendo la misma. Fue hasta la reforma de  1982 que este mecanismo se le nombra, por primera vez, Juicio Político. Por tanto,  el  juicio político que actualmente conocemos está constituido bajo dicho lema “Nadie está por encima de la ley”, pese a ello, el diputado Emilio Salazar Farías, y la gran mayoría de los representantes del poder ejecutivo de la nación, no encuentran las pruebas objetivas para enjuiciar a los funcionarios públicos que no sólo se pasan las leyes por el “arco del triunfo” hacen de su tirana forma de gobernar una alegoría inhumana.

La deuda de más de 6 mil millones de pesos que dejó el ex gobernador, Manuel Velasco Coello, en salud, educación y empresarial. El incumplimiento de la reconstrucción de viviendas y escuelas dañadas por el sismo del 7 de septiembre del 2017, y un sinnúmero de acciones plagadas de corrupción y saqueo de las arcas públicas, así como el desvío de recursos del erario que sumieron al estado en una severa crisis financiera, ¿no son pruebas objetivas para un juicio político?

Según la Constitución actual, el juicio político sólo podrá iniciarse durante el tiempo en que el servidor público desempeñe su empleo, cargo o comisión, y dentro de un año después de la conclusión de sus funciones.

En el 2016, la Secretaría General de la Cámara de Diputados de la federación recibió diez demandas de juicio político, entre ellas una contra el presidente Peña Nieto; dos, contra el gobernador veracruzano Javier Duarte; otra, contra el mandatario mexiquense Eruviel Ávila, y una más, contra el gobernador chiapaneco Manuel Velasco y sus antecesores Juan Sabines y Pablo Salazar.

Es hora que los grupos parlamentarios utilicen sus herramientas para impartir justicia, pues para lograr un adecuado régimen de responsabilidades es necesario cumplir con los requisitos de brindar información pública y explicar sus decisiones a la ciudadanía, pero también la capacidad real para sancionar a los servidores públicos que cometan faltas.

Fotografía de portada: Marco A. Rangel

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